La AEPD aclara que quien adquiere una baliza V16 «no tiene que dar sus datos personales a ninguna administración»

Publicado: 24 de noviembre de 2025, 12:11 (Hace 15 horas)
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La AEPD aclara que quien adquiere una baliza V16 «no tiene que dar sus datos personales a ninguna administración»

Así lo ha aclarado a raíz de "los mensajes que están circulando en diversos foros sobre este tema" y para "ofrecer información a la ciudadanía" sobre la baliza que, a partir del 1 de enero de 2026, será obligatoria para señalizar averías o situaciones de emergencia en carretera.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha explicado que quien adquiere una baliza de preseñalización de peligro V16 «no tiene que dar sus datos personales a ninguna administración al adquirirlo, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) no conocería quién ha comprado el dispositivo».

Así lo ha aclarado la Agencia en una nota informativa a raíz de «los mensajes que están circulando en diversos foros sobre este tema» y para «ofrecer información a la ciudadanía» sobre la baliza que, a partir del 1 de enero de 2026, será obligatoria para señalizar averías o situaciones de emergencia en carretera.

En este contexto, la AEPD ha indicado que el dispositivo incorpora una luz visible y envía un aviso automático a los sistemas de tráfico cuando se activa. «Esta comunicación transmite el lugar donde se encuentra el vehículo detenido y un identificador técnico del propio dispositivo. Ese identificador no está asociado a una persona o matrícula, sin que exista un registro que vincule el dispositivo con la identidad de quien lo utiliza», ha detallado.

Según ha añadido el organismo que preside Lorenzo Cotino, «mientras no se activa, la baliza no transmite ningún dato y, en caso de ser activada ante una situación de emergencia, la información que se envía no permitiría conocer quién es la persona que conduce ni reconstruir sus desplazamientos».

Asimismo, la AEPD ha apuntado que la baliza V16 emite una señal mientras está encendida y deja de hacerlo al apagarse, «sin generar historiales de movimientos o envío de datos de manera continua». La norma recoge que estos dispositivos están destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y el envío de la ubicación de un incidente al activarse, prohibiendo expresamente que incorporen funcionalidades adicionales.

La obligatoriedad de la utilización de la baliza V16 está recogida en el Real Decreto 159/2021 que regula los servicios de auxilio en las vías públicas, modificado por el Real Decreto 1030/2022.

Fuente: Noticias Jurídicas

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